- Estado
- Abierta
- Organismo
- Generalitat Valenciana — IVACE
- Última revisión
- 10 de septiembre de 2026
Deducción autonómica para contribuyentes que cumplan los requisitos valencianos y realicen instalaciones renovables en viviendas de la Comunitat Valenciana, sin actividad económica.
Porcentaje y límite
40 % en vivienda habitual o instalación colectiva correspondiente; 20 % en segunda residencia. Base máxima anual: 8.000 €, también límite por proyecto, vivienda y ejercicio. La parte subvencionada queda excluida.
Instalaciones admitidas
Autoconsumo eléctrico con o sin baterías, producción térmica renovable y electrificación de viviendas aisladas cuando la conexión a la red resulte inviable.
Cómo aplicarla
Se necesita certificación acreditativa del IVACE y pagos por medios bancarios admitidos. Las cantidades no deducidas pueden trasladarse a los cuatro ejercicios siguientes. Es una deducción en la renta, no un ingreso directo; no debe sumarse automáticamente a otros incentivos sin comprobar compatibilidad.
IVACE: condiciones y certificación. Revisión: 10 de septiembre de 2026.