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Deducción IRPF del 60 % por rehabilitación energética de edificios residenciales

Estado
Abierta
Organismo
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Apertura
6 de octubre de 2021
Fecha límite
31 de diciembre de 2027
Última revisión
25 de julio de 2026

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Esta deducción se dirige a propietarios de viviendas situadas en edificios de uso predominantemente residencial en los que se realicen obras de rehabilitación energética del conjunto del edificio.

Mejora exigida

El certificado posterior del edificio debe acreditar una reducción de al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable o una mejora de la calificación para obtener una clase A o B.

Porcentaje, plazo y límite

La deducción es del 60 % de las cantidades satisfechas dentro del periodo legal. Las obras pueden realizarse hasta el 31 de diciembre de 2027 y el certificado posterior debe expedirse antes del 1 de enero de 2028.

La base máxima anual es de 5.000 euros. Las cantidades no deducidas por exceder ese límite pueden trasladarse a los cuatro ejercicios siguientes, con una base acumulada máxima de 15.000 euros, conforme al texto legal vigente.