- Estado
- Abierta
- Organismo
- Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Apertura
- 1 de enero de 2026
- Fecha límite
- 31 de diciembre de 2026
- Última revisión
- 25 de julio de 2026
El Real Decreto-ley 7/2026 creó una deducción temporal en el IRPF para instalaciones de autoconsumo de electricidad procedente de fuentes renovables realizadas durante 2026.
La Agencia Tributaria publica una deducción del 10 % o del 20 %, con una base máxima anual de 5.000 euros. El porcentaje aplicable depende de los requisitos concretos de la instalación y del tipo de autoconsumo.
Qué debe comprobarse
El sistema debe encajar en la definición de autoconsumo del Real Decreto 244/2019 y cumplir los requisitos tributarios incorporados a la Ley del IRPF. Antes de utilizar la deducción deben conservarse facturas, pagos, documentación de la instalación y su puesta en servicio. Las subvenciones públicas pueden afectar a la base deducible.
Fuentes oficiales
Última revisión: 25 de julio de 2026.