- Estado
- Abierta
- Organismo
- Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Apertura
- 6 de octubre de 2021
- Fecha límite
- 31 de diciembre de 2026
- Última revisión
- 25 de julio de 2026
La deducción estatal del 20 % se aplica a obras que reduzcan al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración. La del 40 % exige reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o alcanzar una calificación energética A o B.
La Agencia Tributaria indica que las cantidades deben corresponder a obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026. El certificado posterior exigido para la deducción del 40 % debe expedirse antes del 1 de enero de 2027.
Porcentajes y bases máximas
- Reducción de demanda de calefacción y refrigeración: 20 %, con base máxima de 5.000 euros.
- Mejora del consumo de energía primaria no renovable: 40 %, con base máxima de 7.500 euros.
Comprobaciones imprescindibles
La vivienda debe cumplir el uso y la titularidad previstos en la norma. La mejora se acredita comparando un certificado de eficiencia energética anterior —válido si fue expedido como máximo en los dos años anteriores al inicio de las obras— con otro posterior. No toda obra de aislamiento, climatización o renovables genera automáticamente el derecho a deducción.
Fuentes oficiales
Última revisión: 25 de julio de 2026.