Subvenciones en Canarias

Organismo encargado

Gobierno de Canarias (Consejería de Empleo, Industria y Comercio)

Sede de Gran Canaria
Dirección: 
C/ León y Castillo nº 200 Edf. Servicios Múltiples III Planta 4ª – 35071 – Las Palmas de Gran Canaria
Teléfono: 928.89.94.00

Sede de Tenerife
Dirección: 
Avda. de Anaga, nº 35 Edf. Servicios Múltiples I Planta 7ª – 38071 – Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922.47.50.00

Web: http://www.gobiernodecanarias.org

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Hasta el 31/12/2023

El Gobierno de Canarias ha publicado una convocatoria de subvenciones para fomentar la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores económicos. Estas ayudas, que se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, pretenden impulsar el autoconsumo energético en las islas.

Objetivo de las subvenciones

El objetivo de estas subvenciones es apoyar económicamente la instalación de sistemas de energías renovables térmicas para autoconsumo, como paneles solares térmicos, geotermia, biomasa o aerotermia.

De esta forma, se busca reducir el consumo de combustibles fósiles, avanzar en la descarbonización de la economía canaria y cumplir con los objetivos climáticos y energéticos establecidos.

A quién está dirigido

  • Autónomos, pymes y grandes empresas que realicen una actividad económica.
  • Entidades públicas.
  • Asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

Beneficiarios de las ayudas

En aplicación del artículo 16 del Real Decreto 1124/2021, serán destinatarios últimos de las ayudas establecidas, los sujetos que se enumeran en los siguientes apartados:

1º. Dentro del Programa de incentivos 1, serán destinatarios últimos de las ayudas los siguientes sujetos, siempre que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado:
a) Personas físicas.
b) Personas jurídicas.
c) Cualquier entidad del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro.
d) Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras de los tres puntos anteriores, con o sin personalidad jurídica.

2º. Para el Programa de incentivos 2, serán destinatarios últimos de las ayudas los siguientes sujetos, siempre que no realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado:
a) Las entidades locales territoriales previstas por el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local o cualquier otra Entidad local o supralocal, distinta de las anteriores, legalmente constituida y dotada de personalidad jurídica propia.
b) Cualquier entidad del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro.
c) Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras del punto anterior, con o sin personalidad jurídica.

Cuantía de las subvenciones

La cuantía de la subvención variará en función del programa y tipo de actuación. De forma general, la ayuda cubrirá un porcentaje del coste total de la instalación.

Además, se podrá obtener una ayuda adicional en los siguientes casos:

  • Actuaciones en municipios de menos de 5.000 habitantes
  • Actuaciones en edificios ubicados en zonas climáticas C y D
  • Autoconsumo colectivo o instalaciones renovables térmicas de red

Plazo de solicitud

El plazo para solicitar estas subvenciones estará abierto del 1 de junio de 2022 al 31 de diciembre de 2023.

Las ayudas se otorgarán por orden de presentación hasta agotar los fondos disponibles. Por tanto, conviene solicitarla lo antes posible.

Cómo solicitar la subvención

La tramitación de la solicitud se realiza 100% online a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

No se exige ningún requisito previo, más allá de pertenecer a alguno de los grupos de beneficiarios.

En definitiva, estas subvenciones suponen una gran oportunidad para que empresas, entidades y particulares de Canarias apuesten por el autoconsumo con energías renovables térmicas. Gracias a las ayudas, se podrán abaratar de forma significativa los costes de inversión.

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