Subvenciones en el País Vasco
Organismo encargado
Ente Vasco de la Energía (EVE)
Dirección: Alameda de Urquijo nº 36 – 1º (Edificio Plaza Bizkaia) – 48011 Bilbao
Teléfono: 944 035 600
Web: www.eve.es
Email: renovables@eve.es
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Hasta el 31/12/2023
Objeto
Convocar las ayudas establecidas a través de la RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Esta convocatoria consta de 6 programas de incentivos para la ejecución de, por un lado, instalaciones ligadas al autoconsumo y al almacenamiento en distintos sectores con fuentes de energías renovables (solar fotovoltaica y eólica), y por otro de sistemas térmicos renovables: (biomasa, aerotermia, geotermia y solar térmica) exclusivamente en el sector residencial, y viviendas de propiedad pública y tercer sector.
Estos programas de incentivos serán financiados con los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, al estar contemplados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se corresponden con las tipologías de inversión contempladas en el mismo respecto a la inversión de su Componente 7 (C7.I1) – desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos, así como, en cuanto al almacenamiento con fuentes de energía renovable, a la inversión de su Componente 8 (C8.I1) – despliegue del almacenamiento energético, impulso del almacenamiento detrás del contador e integrado sectorialmente, que se ejecuta conjuntamente con la anterior.
Dotación presupuestaria
34.558.233,89 €
Prestación económica
La dotación económica total destinada a este programa asciende a 34.558.233,89€, según el correspondiente crédito establecido al efecto en los presupuestos del EVE y dividido en función de las siguientes cuantías para cada uno de los programas de incentivos:
Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento: 6.333.358,92€.
Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento: 11.247.355,64€.
Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos: 3.219.188,47€.
Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento: 9.251.691,38€.
Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector: 238.411,45€.
Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial: 4.268.228,03€.
Procedimiento de adjudicación de las ayudas
Las resoluciones de las solicitudes de ayuda se realizarán mediante un procedimiento de concurrencia sucesiva, una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la situación o actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en las convocatorias. De este modo, las solicitudes se examinarán, tramitarán y resolverán conforme a su estricto orden de presentación.
A la finalización del expresado plazo de vigencia no serán admitidas más solicitudes. No obstante, en caso de que se agote el presupuesto asignado y siempre que no hubiera expirado la vigencia del programa (31 de diciembre de 2023), podrán seguir registrándose solicitudes en lista de reserva provisional que serán atendidas por riguroso orden de entrada, supeditadas a que se produzcan desestimaciones o revocaciones de las solicitudes de ayuda previas que pudieran liberar presupuesto o bien se incorpore nuevo presupuesto a la convocatoria. En ningún caso la presentación de una solicitud a la lista de reserva provisional generará derecho alguno para el solicitante hasta que no se resuelva la solicitud.